Abogados Sucesiones, Abogado Sucesión: ABOGADOS-INHABILITACION PROFESIONAL

ABOGADOS-INHABILITACION PROFESIONAL

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Texto
Al proveerse se requiere por el Juzgado que el profesional que lo suscribe acredite habilitación del Foro de Abogados pues no figura en el listado remitido al efecto por dicha Institución.
Es cierto que dicho proveído quedó notificado ministerio legis pero no lo es menos que el desglose que se pretende importaría la pérdida de un derecho, extremo que debe juzgarse con criterio restrictivo tal como lo ha hecho la Sra. Juez A - quo en miras a proteger el derecho de defensa del justiciable y sin perjuicio de lo que pudiere corresponder una vez vencido el término de la intimación, si no se satisface el requerimiento.
Ante el escrito presentado por un letrado inhabilitado por la falta de pago de las cuotas periódicas al Foro de Abogados,... no corresponde la declaración ipso iure de la inexistencia del acto.
Fuente : OFICIAL
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL Y MINERIA. SAN JUAN, SAN JUAN. [Sumarios relacionados] [Traer Fallo Completo]
Sala 02 (Sánchez, Octavio Augusto Otiñano, Oscar Roberto Largacha Quiroga, Alejandro)
PROVINCIA DE SAN JUAN c/ Rins Marcelo Ricardo s/ Ejecutivo
SENTENCIA del 15 de Octubre de 2008